La noticia fue dada a conocer el 17 de septiembre, cuando el Tribunal de Medio Ambiente de Chile ordenó el cierre definitivo del proyecto. Además, fijó una multa de 9 millones de dólares para la compañía canadiense Barrick Gold, propietaria del emprendimiento. Luego de una larga lucha de los pueblos y las organizaciones, se confirmó el cierre definitivo de las actividades que nunca cumplieron con los protocolos ni cuidados ambientales.
Por Juan Patricio Méndez*
Histórico y deseado. El fallo ordenó “la clausura total y definitiva del megaproyecto minero Pascua Lama”, y agregó una “multa de 9 millones de dólares a Barrick Gold, por los daños provocados”. Así lo indicó la sentencia del Tribunal de Medio Ambiente chileno, que confirmó, de este modo, lo que la Superintendencia de Medio Ambiente de dicho país sugirió en 2018: el cese de actividades por no cumplir con la licencia ambiental otorgada para operar.
Asimismo, el tribunal destacó que “la magnitud del peligro de daño en la salud de las personas hace necesario el cierre del proyecto minero Pascua Lama, al no parecer viables otras alternativas de funcionamiento seguro para el medio ambiente y la salud de la población”. Según este apartado, el incumplimiento con las normas sanitarias y ambientales de cuidado y preservación fueron las claves de la decisión.
🔴[AHORA] Se confirma clausura total y definitiva de #PascuaLama de @BarrickChile y se mantiene multa por más de 7 mil millones de pesos. pic.twitter.com/CsyvPl4GSc
— Primer Tribunal Ambiental (@1TAmbiental) September 17, 2020
Pascua Lama violaba 33 normativas medioambientales según indican los considerandos del fallo del máximo tribunal, entre las que se destacan los precarios controles a la actividad de drenado, y la implementación de un método de cálculo para la medición de calidad de agua, el cual utilizaba niveles más permisivos que los permitidos en la calificación ambiental. Además, añadió que se realizaba un monitoreo incompleto de los glaciares y no se controlaba la descarga de aguas ácidas en el río Estrecho, el cual abastecía a las comunidades aledañas.
La noticia fue celebrada por gran cantidad de sectores, y además constituyó un importante precedente jurídico en términos de soberanía territorial y ambiental. Greenpeace señaló, en sus redes sociales, que “es el momento de aprobar una Ley de Glaciares que proteja a todos y cada uno de los glaciares en Chile. A estas alturas se trata de una legislación estratégica no solo para el cuidado del medio ambiente, sino para la provisión futura de agua del país”
La geografía
El proyecto se encontraba ubicado a más de 4500 metros sobre el nivel del mar, en una región binacional, compartiendo frontera entre Chile y Argentina. Del lado trasandino se ubica en la Región de Atacama, en la comuna de Alto del Carmen en Huasco, y del lado argentino, en el departamento Iglesia en la provincia de San Juan.
El objetivo consistió en la explotación de una mina a cielo abierto, de la que se extraería oro, plata, cobre y otros minerales. El método extractivo fue la lixiviación con cianuro, técnica con la que se busca convertir el oro, insoluble en agua, en aniones metálicos complejos de aurocianida, solubles en agua. Sin embargo, esta técnica representa la mayor cantidad de denuncias por contaminación del agua hacia mineras de todo el mundo, y eje principal de problemáticas a nivel internacional. Puntualmente, en Pascua-Lama, la cercanía con los glaciares generó un gran rechazo por parte de sectores ambientalistas, gubernamentales y ciudadanos.
Pascua Lama: Referente mundial en desastres ambientales
No es la primera vez que Pascua Lama se da a conocer. Y no son precisamente sus virtudes las que la han posicionado como eje de debates públicos. En el año 2017 el proyecto fue frenado cuando la Justicia trasandina constató la existencia de partículas contaminantes sobre los glaciares Toro 1 y Esperanza, lo cual constituyó un agravio en contra de la Ley de Glaciares. Un informe realizado de impacto ambiental, presentado por Knigth Piesold, detalló que “los análisis de vegetación en las vegas localizadas en el río de Las Taguas evidencian una intoxicación con metales en las vegas: cobre, hierro manganeso, molibdeno y zinc”. En el mismo documento, el investigador informó que “existe una acidificación que se traduce en un aumento en la disponibilidad de algunos metales, toda vez que el pH ácido afecta negativamente el desarrollo de la vegetación”.
Previamente, en el año 2013, la Corte Suprema chilena ratificó un fallo que detuvo el proyecto por no cumplir con las regulaciones ambientales exigidas. En el mismo, se ordenó la paralización de todos los trabajo hasta que se realice la construcción de todas las obras destinadas a dar protección al recurso hídrico y se cumpla un plan integral de monitoreo ambiental, que incluya proyecciones de daños, alertas en la calidad del agua y del aire, y estado de los suelos, vegetación y fauna. Esta sentencia no dispuso la suspensión permanente de la actividad minera, tal como lo habían solicitado las organizaciones ambientales y las comunidades de la región, sino que implicó una suspensión hasta que se regularicen las condiciones estructurales para la preservación del ambiente.
Hecho que, como es sabido, no sucedió. Pero no le impidió, pese a los reclamos, volver a la actividad minera. En el año 2016, el ex presidente Mauricio Macri eliminó, a través del decreto Nº 349/16, el pago de un canon del 5% a la explotación y exportación de minerales que había sido fijado en el año 2002 por Eduardo Duhalde. Esto provocó la reacción inmediata de sectores opositores y ambientalistas. Fernando “Pino” Solanas declaró, en aquella oportunidad, que con esta normativa, “el gobierno de Macri premia a las mineras que contaminaron con millones de litros de cianuro los ríos de San Juan”.
Hay una constante que no para de repetirse: la histórica (y cercana) relación que existe entre las instituciones públicas y las empresas privadas. Es de público conocimiento que, entre regulador y regulado, hay una dinámica muy fluida cuando las arcas y bolsillos pesan más que lo normal. Lo que sucede es que esta simbiosis relacional causa daños irreparables para el conjunto social. Luego de haberse eliminado dicho impuesto, el Estado perdió un total de 223 millones de dólares. Y posteriormente, un derrame provocó un desastre ambiental, el cual fue denunciado por asambleas y vecinos de Jáchal.
En dicha ocasión, le minera comunicó que “aproximadamente a las 18 horas tuvo lugar un evento en Lama, a raíz del deshielo de uno de los inviernos más intensos de las últimas décadas en esa zona de la cordillera”. Añadió que “el evento se originó por la crecida del río Turbio, cuyo caudal y arrastre de sedimentos alcanzó la capacidad máxima de las piletas de sedimentación”. En consecuencia, el excedente que no alcanza a ser contenido ni tratado, va al medio ambiente, y con ella, litros de químicos y venenos como cianuro. El referente de la Asamblea de Jáchal, Ricardo Vargas, denunció oportunamente que “lo que está haciendo la empresa es defenderse y cubrirse ante una posible inspección”.
Según el propio informe de Impacto Ambiental, Barrick Gold pretendía obtener de la mina un total de 447 toneladas de oro, para lo cual requería 1806 millones de toneladas de roca removida, 170 millones de metros cúbicos de agua, 379.428 toneladas de Cianuro de odio, 493 mil toneladas de explosivos, y 110 megavatios. Realizando equivalencias, cada gramo de oro demandaría remover 4 toneladas de roca, consumir 380 litros de agua, 43,6 kWh de electricidad (similar al consumo semanal de un hogar), 2 litros de gasolina y 850 gramos de Cianuro.
El fallo sentó un importante precedente para la protección del medio ambiente y a favor de los derechos de los pueblos. En búsqueda de la soberanía territorial, el extractivismo debe dejar de ser una práctica habitual para pasar a ser una actividad punitiva. En el camino hacia la sustentabilidad, no puede tener lugar la megaminería contaminante. El cuidado de la casa común se vuelve una urgencia, y esta sentencia deja un sabor triunfal luego de largos años de lucha por los derechos sociales a vivir en un ambiente sano.
(*) Columnista de Ambientales en Abramos La Boca (Lunes a Viernes de 16 a 18 horas) / Radio Gráfica 89.3
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