“Esta medida no es novedosa, es la profundización de lo que ya existía con una masividad y direccionalidad muy marcada”, declaró María del Carmen Verdú, titular de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), en Radio Gráfica respecto la resolución 845/2019 “Ofensores en Trenes” que lanzó la Ministra de Seguridad de la nación, Patricia Bullrich.
En diálogo con Abramos la Boca, Verdú afirmó que “esta decisión de polémica no tiene nada”, en clara referencia a los modos de enunciar de los medios oficialistas, y destacó que esta medida “se presenta en el marco de la línea que viene siguiendo el gobierno de Cambiemos desde el minuto cero en materia represiva”.
Dada la visibilidad que ha tomado este Decreto del Poder Ejecutivo, la abogada elucidó que “es buena para poder aclarar algunas cuestiones, ya que hay mucha confusión con este tema, y está la libertad de la gente en el medio”.
Para la activista antirrepresiva esta resolución, en particular, manifiesta claramente “cómo continúan normativizando prácticas que venían aplicándose desde el Fallo en la Causa Vera Lucas Abel, de enero de 2016, que facultaba a las fuerzas de seguridad ‘de poder hacer intercepción, requisa, averiguación’ de quién sos, de dónde venís, hacia dónde vas”.
La abogada recordó que, desde hace mucho tiempo, el accionar policial se lleva adelante “sin que haya ningún tipo de indicio de sospecha o de situación objetiva que amerite hacerlo”.
“De nada sirve ‘pararse de mano’ y decirles ‘soy un ciudadano contribuyente y no te muestro nada el DNI porque tengo derecho al anonimato’, porque esto inmediatamente concluye en una detención”
No obstante, la representante de la CORREPI recalcó que “este Decreto lo que hace es brindarle status normativo general a lo que era el Fallo en la causa Vera, en un caso particular. De ahí la gravedad que tiene”.
La militante evidenció que la práctica “siguió funcionado exactamente igual como lo venimos denunciando a lo largo de todos estos años”, y explicó que “hasta el momento, no contaban con la orden para hacerlo sistemáticamente con cualquier persona en una estación de tren, en la calle”, pero admitió que “siempre pudieron”.
Verdu insistió que “de nada sirve ‘pararse de mano’ y decirles ‘soy un ciudadano contribuyente y no te muestro nada el DNI porque tengo derecho al anonimato’, porque esto inmediatamente concluye en una detención”, y remarcó que estas detenciones “son las que incrementan nuestros casos en los archivos”.
Se lamentó que “el 49% de los muertos en Comisarías, son personas que no estaban detenidas por un delito, sino por alguna detención arbitraria”, quienes dentro de la unidad policial siguieron protestando por una detención ilegal, y por eso, según la representante “los reventaron a mazazos”.
El “Manual del Pequeño detenido” es un documento de CORREPI que instruye a las personas sobre las detenciones arbitrarias de las fuerzas de seguridad. Verdú rememoró que “desde su publicación, hace treinta años, comienza con la frase ‘nadie tiene la obligación legal de salir a la calle con su documento de identidad’”, pero la activista, a pesar de que se posiciona en contra de esta medida tomada por el gobierno de Cambiemos, recomendó a las personas “llevar el DNI, porque es la excusa habitual para detenerte”.
“Las detenciones arbitrarias son una herramienta para el control social”
“En todo el país, incluso desde antes de que se sancionara el primer Código Penal en 1921, las fuerzas de seguridad tienen la facultad para interceptar a aquellos que se ajustan a la descripción de ‘sospechoso’”, según la percepción policial, constató la abogada.
La manifestante, plasmó que, la averiguación de antecedentes, “cambió de nombre en 1991 en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, cuando al calor de las movilizaciones, justamente contra las detenciones arbitrarias tras la detención, tortura y muerte de Walter Bulacio, se dictó la Ley 23950”.
Esta legislación modificó el Decreto Ley de la Policía Federal 333/58, y Verdú evocó que el artículo quinto inciso primero, “fue reemplazado por la 23950, cambiando una expresión, en lugar de ‘circunstancias que lo ameritan’ a ‘circunstancias debidamente fundamentadas’, y reduciendo el tiempo de detención de 24 a 10 horas”.
La titular de CORREPI mencionó que previo a esto, “en la Ciudad había Edictos (Policiales) que era lo mismo, pero firmado por el Jefe de la Policía en lugar de la Legislatura de la Ciudad”.
Por último, Verdú evidenció que “estamos a 16 años exactos de que la Argentina está incumpliendo el Fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio, que ordenó al país que derogue todas estas normativas”, y reflexionó que “las detenciones arbitrarias son una herramienta para el control social”.
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