La Junta Interna de ATE Capital denunció la grave situación que atraviesan las Defensorías Zonales del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes con medidas que avanzan en su “desfinanciamiento, vaciamiento y aprietes”.
Alertaron que actualmente las Defensorías descentralizadas están funcionando “con un 30% de los equipos incompletos” atendiendo entre 500 y 700 casos en esas condiciones a lo cual suman “situaciones de violencia laboral y con una grave falta de insumos”.
Desde la Comisión Interna de ATE realizaron un informe para visibilizar la “grave situación institucional” que se viven en esas Defensorías a cargo de Ezequiel Bottini.
“Señalamos también un preocupante escenario de violencia laboral y presión constante sobre las y los trabajadores, lo que ha resultado en alrededor de 40 renuncias en el último año. Esta situación se suma a la precarización, los bajos salarios y la sobrecarga administrativa, afectando gravemente la atención a las infancias más vulnerables”, puntualizaron.
También exigieron la “inmediata implementación de medidas para fortalecer las Defensorías Zonales”, incluyendo mayor presupuesto, pase a planta permanente de trabajadores y trabajadoras precarizadas, recomposición salarial, como así también que se instruya la carrera propia de los trabajadores de la niñez como debería ser en un organismo de la jerarquía del Consejo.
“Las y los trabajadores no somos cómplices de esta emergencia. Demandamos condiciones dignas para cumplir con nuestra responsabilidad ética y profesional de proteger los derechos de las infancias y adolescencias”, concluyeron.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LAS DEFENSORÍAS?
El Capítulo Segundo de la Ley 114 de la Ciudad de Buenos Aires que da creación al Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el año 1998, crea las Defensorías Zonales como organismos descentralizados.
El Art. 61° establece que las defensorías tienen como objeto diseñar y desarrollar un sistema articulado de defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, debiendo ejecutar “las políticas públicas específicas, implementando acciones con criterios interdisciplinarios y participación de los actores sociales.” El Artículo 70º de la Ley 114 establece las funciones de las Defensorías Zonales.
En ese articulado queda más que claro el sentido con que fueron creadas las Defensorías que se dirige principalmente al armado, conformación y coordinación de los sistemas locales de protección de derechos en los barrios y las comunas, la intervención ante la amenaza o vulneración de derechos, la promoción de derechos, la articulación con instituciones, la conformación de redes, el monitoreo del cumplimiento de la ley, realización de diagnósticos barriales y comunitarios, sugerencia y propuestas de políticas públicas, armado de Consejo
Consultivo, todo ello con criterio interdisciplinario y territorial. Actualmente existen 20 defensorías zonales: una en cada comuna como lo establece el Art. 60° de la Ley 114, y dada la particularidad de la Comuna en cuanto a características de la población, en la Comuna 4 y en la 8, hay tres defensorías y en la Comuna 1, dos defensorías zonales. (Extracto del documento generado por la Junta Interna)
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