Por Alfredo Moreno*
A través de una resolución RESOL-2020-1467-APN-ENACOM del Boletín Oficial, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó la “Prestación Básica Universal Obligatoria”, para el servicio básico telefónico, comunicaciones móviles, internet y televisión por cable.
Jubilados y pensionados, trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, beneficiarios de la AUH, inscriptos al Monotributo Social, desocupados y trabajadores informales forman una parte del universo alcanzado por 10 millones de personas que accederán a sus derechos para conectarse al servicio conocido como cuádruple play.
Como es esperable, los comunicadores del grupo Clarín (Marcelo Bonelli y Edgardo Alfano, Alejandro Alfie, entre otros), el CEO de Telcom Ricardo Nobile afirman que, en el mercado de servicios de cable, telefonía fija, móvil internet e internet existe libre competencia y que las políticas de PBU ponen en riesgo las inversiones y prestación estos servicios considerados de telecomunicaciones.
No aceptan el 5% de aumento en las ahora tarifas, porcentaje que se suma al 14% de aumento inconsulto que realizaron al comienzo de la cuarentena Telecom, Telefónica y Claro. No solamente mostraron insensibilidad social en este tiempo de cuidados sanitarios, además, no pudieron contener la demanda creciente del acceso a internet desde los hogares para las necesidades de trabajo, estudio, tramitaciones, consultas médicas, entretenimiento, cultura etc.
En el caso de los licenciatarios que posean menos de 100 mil accesos y que no hubieran aumentado sus precios a lo largo del 2020, la suba permitida podrá ser de hasta un 8 por ciento.
Los usuarios vivimos una acelerada integración a la sociedad de la información y el conocimiento sin contar con la infraestructura de telecomunicaciones y el acceso a dispositivos acorde para las necesidades evidenciadas en el contexto de pandemia. Así, experimentamos la debilidad en la calidad de estos servicios, la creciente demanda de ancho de banda y el verdadero retroceso que significo 4 años del gobierno de Cambiemos con políticas como la discontinuidad de programa Conectar Igualdad que a diciembre de 2015 entrego 4,5 millones de netbook a estudiantes secundarios, la discontinuidad del Plan Satelital Argentino y el desfinanciamiento del tendido federal de fibra óptica a cargo de la empresa pública ARSAT.
Lo cierto es que el DNU 690/20 decretado por el presidente Alberto Fernández en agosto del primer año pandémico, declaro a las comunicaciones móviles y fijas, internet y televisión por cable derechos públicos y esenciales para los habitantes del territorio argentino. Puso un límite a las políticas de mercado, de precios inconsultos de los servicios de telecomunicaciones solamente pensado para quienes pueden pagarlo y no exigir calidad a cambio.
A partir de enero de 2021, la prestación básica para telefonía móvil tendrá un costo mensual de $150, mientras que existirán dos opciones para paquete de datos, una por $200 por mes y la otra por $18 por día. Para el caso de la telefonía fija, el precio final será de 380 pesos. Mientras que para la televisión paga, la prestación básica implica un descuento sobre el precio del plan de menor valor ofertado por el operador al 31 de julio pasado y/o aumentos posteriores que se autorizaren. Si el operador tiene más de 500.000 abonados (clientes), el descuento será del 30 por ciento; si tiene entre 100.000 y 500.000, del 25 por ciento; entre 30.000 y 100.000, del 20 por ciento.
Las empresas prestadoras de estos servicios, podrán solicitar al ENACOM la actualización de los precios de dichas prestaciones de manera cuatrimestral, tomando como referencia las variables de ajuste aplicadas a AUH.
Las prestadoras, deberán realizar la instalación de los servicios incluso si la misma entendiera que la persona no se encuentra alcanzada por la PBUO.
Si el prestador entendiera que el usuario no se encuentra dentro del universo de beneficiarios, deberá informar al ENACOM expresando los motivos de la negativa, quien resolverá la cuestión en un plazo que no podrá exceder de 30 días corridos.
Transcurrido ese plazo sin que ENACOM emita una Resolución en tal sentido, se considerará que el cliente se encuentra alcanzado por la PBUO y el licenciatario deberá continuar con la prestación del servicio, según destaca el artículo 15 de la resolución. 1467/20 (1).
Si el ente regulador hiciera lugar al reclamo, el licenciatario “podrá dar de baja inmediatamente al servicio y emitir el correspondiente estado de deuda a cargo del solicitante” que en efecto no se encontraba alcanzado por la Prestación Básica Universal Y Obligatoria (PBUO). Los beneficiarios de esta política podrán informar en www.enacom.gob.ar la situación existente de modo de comprometer su participación en beneficio propio.
El movimiento federal internet esencial https://www.internetesencial.org nuclea organizaciones de la sociedad civil, sociales, políticas y culturales promoviendo una ley “Por una Argentina Digital, Inclusiva y Equitativa”, es un buen destino de las alertas y demandas que necesiten realizar los beneficiarios de PBUO. Los participantes de internet esencial, sienten haber sido interpretados en relación a sus demandas, presentadas en los organismos oficiales. Este petitorio firmado por ciudadanos y organizaciones sociales, culturales, sindicales y profesionales solicito ante el ENACOM Y el Poder Ejecutivo Nacional que con la mayor rapidez se impulse como servicio esencial y estratégico el acceso a internet, telefonía celular y TV cable o satelital por suscripción y se implemente una TARIFA SOCIAL como aporte de equidad en pos del acortamiento de la brecha digital. También sostienen la necesidad de profundizar estas políticas de cuidado a los consumidores de servicios públicos.
Compartición de la infraestructura pasiva
La resolución 105/2020 de la Secretaria de Innovación Publica de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicó el 14-dic-2020 el reglamento de compartición de infraestructura pasiva (2).
El reglamento establece los derechos y obligaciones de los licenciatarios (empresas públicas o privadas, cooperativas e proveedores de internet) de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y las condiciones y procedimientos relativos al acceso, puesta a disposición y uso compartido de la infraestructura pasiva que sea de su propiedad, sobre la que tengan posesión, ejerzan control o de cualquier otra forma esté a su disposición, incluyendo los derechos que sobre esa infraestructura hayan obtenido de terceros.
En los términos del reglamento, se entiende como infraestructura pasiva a los siguientes elementos: ductos, zanjas, canalizaciones, cámaras instaladas en áreas urbanas y suburbanas, postes, estructuras soporte de antenas, shelters, construcciones, sitios, predios, sistemas de suministro y respaldo de energía eléctrica, sistemas de climatización y demás accesorios que sirvan de soporte o faciliten la instalación de elementos de infraestructura activa en todo el territorio del país.
El reglamento busca poner en igualdad de competencia a todos los jugadores del mercado de las telecomunicaciones. Sucede que muchas de estas instalaciones en provincias o comunidades fueron realizadas por empresas del tipo SAPEM (públicas) o Cooperativas y PyMEs que ahora tendrán que abrir el ingreso a las grandes Telcos (Telefónica, Telecom, Claro) cuya contraprestación no es posible por el modelo de negocios actual y por le enorme diferencia de capital y financiera existente. Además, el reglamento promueve la continuidad del tendido aéreo profundizando un modelo de red que esta a la vista evaluado como deficiente. El origen fue el cable (Cablevisión) luego los tendidos de fibra óptica para tomar servicios de datos de los mayoristas de transporte en internet. Es el modelo actual, ineficiente, con servicios domiciliarios de conectividad cableada, con tecnologías desigualdades que no respetan las normas de tendido de Redes para garantizar un servicio acorde al precio que se pretende.
La infraestructura pasiva es clave en el desarrollo y creación de redes de datos sostenibles. tecnologías de cobre, fibra óptica, frecuencias de radio o microondas juegan un rol central a la hora de innovar servicios y calidad de los mismo. Los diferentes componentes de la red de datos son cada vez más eficientes, pueden transportar más datos a menores costos y con menor latencia (se entiende latencia por la suma de retardos temporales dentro de una red, producido por la demora en la propagación y transmisión de paquetes dentro de la red).
Esta es una tendencia que no parece tener fin y los operadores de servicios de telecomunicaciones deben saber convivir con el hecho de que la infraestructura que desplieguen hoy con su capacidad y latencia quedarán desfasadas o serán consumidas a gran velocidad. Tendencia que, en el mercado local, las empresas que se quedaron con la ENTEL privatizada no han atendido. Solo concentraron la innovación en un modelo de negocios expoliador de dinero que ayudo a financiar las bajas en los mercados de origen de sus casas matrices.
El cable y la banda ancha, servicios del siglo XX y XXI, en la entrevista del 10 de diciembre (3), realizada por el periodista Sylvestre al presidente Alberto Fernandez, el jefe de estado realiza afirmaciones preocupantes para el desarrollo de redes de nueva generación.
Las quejas a las que se hace referencia, son respecto a obligación de implementar las redes soterradas en las principales ciudades, mientras que a su competencia le permiten desplegar redes de tendido aéreo, con un costo de inversión muy inferior, y se evalúa la alternativa de que se acuerde la utilización compartida de los postes para facilitar los despliegues y fomentar la competencia Si bien no se menciona el demandante, el sayo muy le cabe a Telefónica en relación a las ventajeas heredadas del cable en la nueva Cablevisión Holding empresa monopólica creada por la fusión de Clarín y Telecom al promediar el gobierno de Cambiemos. Fusión por la cual “el gran diario argentino” paso a ser una empresa de telecomunicaciones.
La queja del operador al que se refiere el presidente, se origina en la irregular autorización producida a mediados de la década de los 90, para que las empresas de Televisión por Cable pudieran realizar el tendido aéreo de sus redes en las grandes ciudades, en zonas donde hacía más de 100 años a las empresas de telecomunicaciones y eléctricas se las obliga a realizar tendidos soterrados de sus redes. Esto facilitó el tendido de sus redes a las Cableras, pero en condiciones totalmente irregulares, provocando una grave contaminación visual en las ciudades y una degradación en la calidad técnica y laboral de las redes (4).
Las redes de cables coaxiales, en un principio de una sola vía, para prestar servicios de televisión por Cable; se convirtieron posteriormente en redes de telecomunicaciones con redes híbridas de fibra óptica y coaxial (HFC), incorporando los servicios de Internet y telefonía sobre IP. Fueron la única infraestructura de redes que estableció una competencia a los servicios que prestan las empresas de telecomunicaciones sobre las redes de cables de cobre.
El acuerdo tácito de los dos operadores (Telecom y Telefónica) del servicio telefónico en que quedó dividida la Entel (Telecom y Telefónica), al momento de apertura de la competencia, freno un primer amague de despliegue de redes en las zonas opuestas, ya que implicaba cuantiosas inversiones construir redes soterradas a las que estaban obligados por las normas vigentes para las redes telefónicas.
La decisión política de autorizar la fusión de Cablevisión con Telecom (Cablevisión Holding), contradijo todas las consideraciones de los promotores de la competencia. Dicha fusión, representa, con las irregularidades referidas, las únicas dos redes que posibilitaban competencia en la zona norte del país, estableciendo de hecho un monopolio en las principales ciudades involucradas, incluida la zona norte del AMBA. Además, rompió con el acuerdo tácito referido a la no invasión en las redes entre Telecom y Telefónica. A partir de la fusión, Telecom pasó a tener redes en la zona de Telefónica, correspondientes a los cableados de los originales de Cablevisión.
Autorizar la compartición de los postes, para facilitar el despliegue de redes aéreas para favorecer la competencia, no es una alternativa válida. Representa un grave retroceso en la calidad de las redes, una profundización de la contaminación ambiental con la acumulación de cables fuera de servicio que no se desmontan cada vez que un usuario cambia de operador, y también un incremento de riesgo laboral por trabajo en altura en zonas de alto movimiento de vehículos y personas. Autorizar el tendido de redes de fibra óptica sobre los postes de las redes eléctricas en localidades suburbana es de altísimo riesgo de graves accidentes para el trabajador operativo.
Redes de Fibra Óptica Unificadas
El trabajo realizado con el compañero de FOETRA, Vito Di Leo, experto en plata externa y docente permanente, nos ha llevado a formular la siguiente propuesta,
Nuestro país necesita de redes de nueva generación operadas en forma neutral y abierta por una empresa pública que garantice calidad, actualización tecnológica e igualdad en su utilización los diferentes operadores de servicios en competencia. La experiencia recorrida por ARSAT permite asegurar una política pública de despliegue, iluminación y servicios mayoristas de una infraestructura de red construidas que certifique mejores normas de calidad técnica, ambiental y laboral.
El cable de Fibra Óptica constituye un medio de transmisión fundamental para las redes de telecomunicaciones de nueva generación. Esta tecnología es el reemplazo del cobre, va a cumplir un rol equivalente al que cumplieron los cables de cobre durante más de un siglo. Por ello, es fundamental asegurar condiciones de despliegue de las redes que aseguren una cobertura universal en todos las comunidades y localidades del país.
En este contexto, en varios países, se están registrando reformas en el modelo de despliegue y operación de la infraestructura de telecomunicaciones de fibra óptica de nueva generación, excluyendo como factor de competencia el segmento de las redes de acceso (las redes que dar el servicio domiciliario conocido como última milla). Separa la red de transporte de la de acceso, posibilita dar racionalidad a las cuantiosas inversiones involucradas, y al mismo tiempo asegurar una competencia efectiva en la prestación de servicios de valor agregado, facilitando el ingreso de pequeños y medianos operadores.
El modelo de red abierta posibilita la explotación de los servicios de telecomunicaciones en tres tipos de operadores: RTP/RSP Proveedor de Servicios, CO Operador de Equipamiento Activo y NO Operador de la Red Pasiva. Los dos primeros pueden ser múltiples y operar en competencia, mientras que el tercero que opera la Red Pasiva constituida por la planta externa de cables de fibra óptica, tiene que ser una sola y abierta, como lo muestra en siguiente esquema.
Un ejemplo significativo se está desarrollando en Australia, donde en el año 2009, el Estado creó una empresa (NBN) que tomó a su cargo el despliegue de una infraestructura única de redes de fibra óptica de nueva generación. NBN utiliza la Infraestructura de edificios, ductos y cañerías remanentes de la red de teléfonos, la cual es operada en forma Neutral y Abierta para los servicios que brinda a múltiples operadores, que abonan una tarifa por los accesos que utilizan, garantizando competencia efectiva y crea condiciones para la multiplicación de proveedores de servicios de valor agregado en la red.
Existen diversas alternativas para que nuestro gobierno desarrolle políticas en el sentido descripto. Desde un Operador Único del Segmento de Redes de Acceso, Operadores de Propiedad Mixta o Operadores por Separación Funcional. Lo cierto es que el Estado tiene que dirigir sus políticas en telecomunicaciones para cuidar a sus habitantes.
Las telecomunicaciones son un soporte fundamental para el desarrollo económico y social de un país. Es ineludible poner en análisis las alternativas y convertirlas en efectividades para superar las ineficiencias de origen del modelo actual de operación de mercado. La infraestructura y su despliegue no puede quedar supeditada a la decisión de cada operador en función de las tasas de ganancia, donde el Estado quede solo para cubrir los factores de ineficiencia.
En el marco del Decreto 690 es una gran oportunidad para conformar una mesa de análisis, evaluación de alternativas de inversión y operación, que haga efectiva una red nacional y pública para los servicios de telecomunicaciones. Con la participación de los grandes y pequeños operadores de todo el país, los trabajadores de la actividad, y representantes de usuarios del servicio es posible hacer realidad las implicancias sociales, culturales y productivas de la redefinición digital de la vida cotidiana.
*Profesor TIC en Universidad Nacional de Moreno – @ticdata2
1 – https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/238916/20201221
2- http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=345264
3 – https://www.youtube.com/watch?v=cIJ8niCFwIU&feature=youtu.be
4 – Vito Di Leo, experto en plata externa ENTEL-Telecom” La competencia y la Infraestructura de Telecomunicaciones”.
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