Un fallo que puede convertirse en un emblema de esta etapa y con consecuencias políticas imprevisibles. La Corte Suprema de Justicia derogó la cautelar que suspendía la aplicación del artículo 154 del DNU 70/23 mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional derogó la Ley de Tierras quitando los límites a la extranjerización de la tierra en Argentina.
La periodista Luciana Bertoia, especialista en temas judiciales, dialogó con Radio Gráfica sobre el tema: “hay distintas capas de lecturas. La Corte, por un lado, le resuelve al Gobierno lo que no pudo hacer en el Congreso en agosto del año pasado. Cuando quiso volver a tratar la extranjerización de tierras tuvo que retirar esa parte del proyecto de la llamada “ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada“.
“Pero después hay otros mensajes que empieza a ver el mundillo jurídico o judicial que es un mensaje de gobernabilidad. La Corte le dice al Gobierno: ´Mirá, lo que vos no resolvés en el Congreso, te lo resuelvo yo y te lo resuelvo con tres firmas.´ Muestra que esta Corte funciona y es un mensaje al poder político de parte de un sector que no quiere que le pongan más jueces en el máximo tribunal”, agregó. Vale recordar que la Corte está integrada por tres integrantes de los cinco previstos para el funcionamiento de la misma.
La cautelar había sido presentada por el Centro de ex Combatientes de Islas Malvinas de La Plata (CECIM), un actor que la Corte no dio entidad para hacer el reclamo. “Hay una restricción de legitimación por parte de la Corte. Hay términos más restrictivos a la hora de ver quién tiene legitimación para impulsar un caso, eso siempre le juega a favor al oficialismo porque le van a llegar menos casos, sobre todo a este Gobierno que tiene cierta vocación de gobernar por DNU (decretos de necesidad y urgencia), los cuales han generado varios procesos colectivos de reclamo”.
“Además, cuando hace una definición sobre quién defiende la soberanía, dice que ´esto solo le corresponde al Estado; es una atribución única del Estado´. Me parece que esto también hay que leerlo como la antesala de lo que se empieza a discutir en el Congreso: el proyecto llamado de “Defensa de la Soberanía Nacional“. Si la soberanía solo le corresponde al Estado, cuando vayamos a discutir esta ley, posiblemente haya menos personas o entidades legitimadas para accionar judicialmente”, analizó Bertoia.
“El fallo sostiene que no había ´caso´ porque el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CESIM) no es un actor legitimado para la defensa de la soberanía, argumentando que es un criterio exclusivo e intrínseco del Estado. Resulta contradictorio y complicado dado que a esos mismos excombatientes los enviaron en 1982 a defender la soberanía en el territorio”, sumó.
“A mí me llama la atención que, un día antes de que se empiece a discutir el proyecto de ley de Defensa de la Soberanía Nacional, la Corte saque un fallo en el cual discute el concepto de soberanía. Me parece que está jugando a distintas bandas, pero sobre todo operando en la relación conflictiva entre el Gobierno y el Congreso”, concluyó.










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