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¿Y si hablamos del derecho a huelga?

Nota de Luis "Lucho" Roa donde analiza la avanzada patronal y de los partidos de derecha sobre los derechos laborales, entre ellos al de huelga: "Es un derecho fundamental. Es una libertad. Es una libertad pública que se ejerce en el ámbito de lo público y que se complementa con el derecho de reunión, con la libertad de expresión, precisamente en ese espacio público".

8 septiembre, 2022
en Opinión
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¿Y si hablamos del derecho a huelga?

Por Lucho Roa

Que tiempos serán los que vivimos que hay que defender lo obvio, dijo hace algunos años Bertolt Brecht. Y creo necesario repetir una vez más que la huelga es un derecho. Es un derecho humano fundamental reconocido por nuestra Constitución Nacional en el artículo 14 bis y en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por nuestro país y con igual jerarquía que la propia Constitución.

Sí, y es la Constitución Nacional la que desde el preámbulo te habla de garantizar los beneficios de la libertad para todos (y todas) las que quieran habitar suelo argentino. Dice garantizar la libertad, y eso significa que los que nada tienen también deben gozar efectivamente de la misma, y a ello se llega sin dudas por el lado de la igualdad. Para eso te sirve la huelga, para emparejar los poderes de los vulnerados con los poderosos, y que esa libertad no sea la de morirse de hambre.

Hace décadas lo venimos afirmando y solo ha sido controvertido por quienes desprecian profundamente a los y las trabajadoras, los gobiernos dictatoriales, los gobiernos pro empresarios. No estamos diciendo nada nuevo, pero es necesario reafirmarlo.

¿Por qué decimos esto? por una creciente avanzada del sector patronal estimulada desde los partidos de derecha, Juntos, o sus segundas marcas, los libertarios, que vienen pidiendo a gritos que el derecho de huelga sea regulado por el Código Penal. Que esté poco a poco tipificada como un delito, y por ende quienes la ejerzan sean delincuentes que forman parte de una suerte de asociación ilícita.

No es nuevo esto. Con solo recordar que la matriz de nuestro Código Penal incorporó el delito de asociación ilícita en el año 1921, contemporáneo de las huelgas de los talleres Vasena, de La Forestal, de la Patagonia Rebelde. ¿Qué casualidades de la historia, no? justo a tiempo. Tan conveniente.

Los últimos meses hemos venido asistiendo a un reverdecer de la criminalización de este derecho. Ojo, no estamos hablando del también constitucional derecho a la protesta que puede ejercer un movimiento social, o un grupo piquetero y que puede dar margen a la polémica. No, no. Estamos hablando del derecho de huelga que realiza el movimiento obrero organizado.

La movida antihuelga también la promueven comunicadores sociales y formadores de opinión de los medios hegemónicos que van creando un sentido alrededor de las medidas de acción directa, no importa que sean legítimas.

Estas ideas han resurgido en estos tiempos a partir de la creación de una especie de Liga Patriótica, un grupo de tareas autodenominado Movimiento Empresarial Antibloqueo promovido por Patricia Bullrich y un grupo de abogados a sueldo como Florencia Arietto o Juan Beluardo. Estos nuevos comandos civiles viene azuzando denuncias penales a huelguistas que encuentran eco en el partido judicial, particularmente la justicia criminal, tal el caso del conflicto de Camioneros en San Nicolás, o el caso de Atilra en Lácteos Mayol, o en este mismo momento como está sucediendo en la localidad de Moctezuma con el conflicto de Lacteos Vidal.

Se trata de medidas de acción directa realizadas en el marco de la ley y la Constitución. Es decir constituyen el ejercicio regular de un derecho. Mal pueden ser delitos, más aún cuando el Código Penal establece en su artículo 34 que no son punibles quienes obraren en el legítimo ejercicio de sus derechos.

Es más, esos mismos conflictos laborales, cuyos orígenes son incumplimientos empresariales, han atravesado las instancias que reglamentan el derecho de huelga, como lo es la conciliación obligatoria. Pero esas mismas instancias se diluyen en la intrascendencia y el transcurso de los plazos ante la pasividad patronal que no arrima ninguna propuesta para solucionar los conflictos que provocan. Ante la negativa patronal al diálogo, las organizaciones obreras han debido volver frecuentemente a la huelga.

“La huelga constituye un valor civilizatorio que han conquistado las y los trabajadores hace un siglo cuando desterraron la idea del delito”.

No obstante las y los trabajadores son perseguidos por este grupo de tareas, con la complicidad de algunos fiscales y jueces que pretenden constituir delitos de acciones que no son tales. Arguyen bloqueos que no existen. Esgrimen actos de violencia, presión, amedrentamiento que no suceden. Recurren a la mentira. Afirman esas mentiras en las tapas de los diarios. Recortan y tergiversan la realidad a su medida. Denuncian violencia obrera; violencia, violencia es mentir. 

Ya dije, la huelga es un derecho fundamental. Es una libertad. Es una libertad pública que se ejerce en el ámbito de lo público y que se complementa con el derecho de reunión, con la libertad de expresión, precisamente en ese espacio público. 

El derecho de huelga es esa anomalía si se quiere del Estado de Derecho liberal. Porque implica una tensión social, porque reconoce un instrumento colectivo de presión para nivelar la balanza con las patronales. Es por definición una ruptura de la normalidad que está reconocida por la ley y la Constitución. 

La huelga constituye un valor civilizatorio que han conquistado las y los trabajadores hace un siglo cuando desterraron la idea del delito.

Por eso preocupa también el proyecto de reforma del Código Penal propuesto por Carolina Losada y Alfredo Cornejo entre otros senadores de Juntos que pretende legalizar una brutal avanzada contra el ejercicio de la huelga. Ahí anda el proyecto de ley que encuentra su explicación en esta operación empresarial, judicial, mediática que pretende reconfigurar las relaciones laborales colectivas. Casi un anticipo de lo que quieren institucionalizar si son gobierno.

El proyecto es escatológico. Pide prisión de dos a cuatro años al que impida, estorbe o entorpezca el normal funcionamiento de un establecimiento comercial o industrial o de servicios “por cualquier medio”, el libre acceso y salida de personas y vehículos de “dichas empresas o de otras empresas” (sic). Bajo esta descripción entra cualquier tipo de acción sindical elastizando hasta el paroxismo la intervención penal para reprimir al movimiento obrero.

El proyecto de ley desnuda la intención de la derecha en el primer párrafo de los fundamentos: dada la situación económica y política de nuestro país, existe una conflictividad sindical creciente, con lo que la propuesta legal debe ser la represión.

En la misma línea, es sugestivo como un proyecto de declaración del mismo tenor antisindical, de un grupo de diputados de Juntos de la Cámara de Diputados, – frente al conflicto de Lacteos Vidal -, exhorta al Estado a poner en marcha toda su capacidad para reprimir “estos delitos”. El proyecto de Losada – Cornejo va en la misma línea. Es una línea de avance que preanuncia el modelo de relaciones laborales que propone la derecha que quiere ser gobierno en el 2023.

Curioso, no? Son proyectos que reafirman la libertad para hacer negocios a costa de los derechos obreros. Libertad del zorro en el gallinero. Claro, son liberales en los negocios y quieren al Estado lejos. Sin embargo llaman a los gritos a ese mismo Estado para reprimir si sus negocios son cuestionados. Claro, son conservadores y reaccionarios en lo político, liberales en los negocios. 

Piden en su proyecto de Declaración que el Estado reprima en Lacteos Vidal. Sin embargo, apenas asume Walter Correa, el nuevo ministro de Trabajo en la Provincia de Buenos Aires, salen Arietto y sus secuaces a pedir que no se meta. No sea cosa que un tiro salga para el lado de la justicia. Es mentira que no quieren al Estado, claman por recuperarlo para dar leña a quienes quieren otra sociedad.

Ese mismo Ministerio que hoy conduce Walter Correa, ha organizado recientemente un Congreso Provincial de Derecho del Trabajo y entre sus conclusiones ha dicho: La huelga es un derecho humano fundamental. La huelga ha forjado el origen mismo del derecho del trabajo. Merecen por ello el más absoluto repudio las prácticas judiciales que procuran criminalizar, penalizar y encarcelar a las y los trabajadores que de forma legítima ejercen este derecho, bajo las distintas modalidades que socialmente admite su práctica.

Queda claro, ¿no? La huelga es un derecho: y dentro de la ley todo, fuera de la ley, nada.

*Abogado Laboralista. Docente en la Universidad de Buenos Aires.

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