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Home Economía

Detalles de la moratoria impositiva y previsional que el Gobierno envió al Congreso

19 julio, 2020
en Economía
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Detalles de la moratoria impositiva y previsional que el Gobierno envió al Congreso

Por Horacio Rovelli*

Tras el derrape de la actividad económica por la pandemia del coronavirus covid-19 y a los efectos de mitigar la situación, el gobierno nacional envió al Congreso de la Nación el Proyecto de Ley de Ampliación de la Moratoria inserta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social declarada por el artículo 1° de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, para atender la situación de ahogo financiero que arrastraban las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y las entidades civiles sin fines de lucro, de condonación de intereses, multas y demás sanciones.

En los fundamentos del Proyecto el gobierno reconoce que esta situación se generalizó a personas humanas y jurídicas que originalmente no habían sido contempladas en el régimen aprobado por la Ley N° 27.541, “entre otras manifestaciones se registró un incremento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la deuda tributaria del total del universo de contribuyentes”, razón por la cual se amplía la moratoria e incluso se sustituye su nombre por el de “Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras”.

La estructura tributaria nacional hace que la mayor parte de los recursos fiscales provengan de impuestos indirectos (IVA, internos, combustible, etc.), que gravan con una única alícuota a contribuyentes de alta o baja capacidad económica, sin hacer distinción alguna entre ellos, situación que se empeoró en la gestión de gobierno de Cambiemos en que se produjo un aumento de la participación de los tributos regresivos sobre el total de la recaudación y, por ende, una reducción del peso de los impuestos progresivos (a la propiedad y a la renta).(1)*

Según los datos de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal, la participación de los impuestos con carácter progresivo –tales como el Impuesto a las Ganancias (que pagan asalariados que ganan más de $ 70.000.- netos) y el Impuesto sobre los Bienes Personales, que cuentan con escalas que discriminan de acuerdo a la capacidad económica de los contribuyentes— cayeron fuertemente en los últimos cuatro años. El Impuesto a las Ganancias pasó de representar el 24,8% sobre la recaudación total en 2015 al 21,8% en 2019 y el Impuesto sobre los Bienes Personales pasó de 1,2% en 2015 a 0,6% en 2019. Paralelamente el IVA pasó de representar un 28,2% de la recaudación en 2015 al 30% en el año 2019, un impuesto sumamente regresivo porque grava al consumidor final, impactando muy negativamente sobre los sectores más vulnerables.

La cuarentena iniciada el 20 de marzo de 2020 obliga a frenar el nivel de actividad, por lo que contemplando que la inflación medida por el IPC del INDEC en el primer semestre 2020 fue del 13,6% y anual (junio de 2020 contra junio 2019) fue del 42,8%, es importante el descenso de la recaudación tributaria, que en su totalidad se incrementó en el semestre solo en un 57,5% con respecto al total recaudado el año pasado. Siendo significativo el descenso en el IVA y en combustible reflejando claramente el párate económico.

 

 

El cuadro recaudatorio se agrava por el lento proceso de liquidación de las exportaciones, esencialmente las primarias y las manufacturas de origen agropecuario, con una cosecha récord de 147 millones de toneladas de granos para el año 2019/2020 las cámaras representativas del sector CEC (Centro de Exportadores de Cereales) y CIARA (Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina) informan que a junio de 2020 liquidaron operaciones en el semestre por 9.307 millones de dólares, un 15,16% menos que el acumulado del primer semestre 2019, cuando la cosecha 2018/2019 fue menor por una fuerte sequía.

 

LA MORATORIA

Por la pandemia y a diferencia de las moratorias anteriores, en esta ocasión podrán solicitar el plan de facilidades de pago(2) grandes empresas y personas humanas, que no podían acceder, en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, por lo tanto la moratoria es para todos los contribuyentes pero, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, aseveró que las empresas grandes que entren a la moratoria no podrán hacer pagos al exterior entre las mismas empresas y tampoco podrán realizar compra-venta de bonos.

El proyecto de ley de moratoria hace que todos los planes y facilidades caídos, vencidos o anteriores se consoliden en un sólo plan.

Las deudas tributarias y aduaneras se podrán regularizar en hasta 96 cuotas para las grandes empresas y hasta 120 cuotas a las MIPYMES, mientras que las deudas previsionales serán en hasta 48 cuotas a las primeras y hasta 60 cuotas para las MIPYMES. Si bien se permite el ingreso a la Moratoria de grandes empresas, las mismas tendrán prohibido distribuir dividendos y operar en el llamado dólar CCL (Contado con Liqui) y el MEP (Dólar Bolsa por el Mercado Electrónico de Pago).

Incluso el Proyecto contempla a las empresas declaradas en quiebra que pueden acogerse a la moratoria, pero de acuerdo a los requisitos para la conformidad de la AFIP

El periodo de adhesión a la moratoria estará abierto hasta el próximo 31 de octubre, y la primera cuota vencerá el 16 de noviembre de 2020. La tasa de interés será del 2% mensual hasta enero de 2021. A partir de ahí habrá una tasa variable luego de una reformulación de los planes.

En síntesis

En una situación harto difícil, en medio de un fuerte descenso del nivel de actividad, el gobierno procura auxiliar con una amplia y ventajosa moratoria tributaria y previsional a los contribuyentes y, sin embargo no logra acordar la aprobación de un proyecto de ley que extienda el Impuesto a los Bienes Personales a unas 12.000 a 14.000 personas cuyo patrimonio supera los 3.000.000 de dólares, que implicarían de realizarse, a una alícuota del 2,25% una recaudación de $ 300.000 millones, como en mayor o menor medida se realizó en la mayoría de las naciones.

 

1*  Peor pasa en las provincias Argentinas que por la Constitución Nacional son las encargadas de recaudar los impuestos directos y, el impuesto inmobiliario rural de todas ellas es solo el 0,3% del PIB, siendo la mayor fuente de recursos propio de las provincias el Impuesto a los Ingresos Brutos (que es a las ventas y se traslada al consumidor final) que representa aproximadamente el 70% de su recaudación.
2* Se infiere también una condonación parcial de intereses y de multas, por ejemplo se extiende la condonación del 10% del capital adeudado a las deudas contraídas entre 01/12/2019 y el 30/6/2020. Se extiende los beneficios de exenciones y condonaciones por las deudas contraídas hasta el 30/06/2020 así como la condonación de multas y sanciones por las deudas contraídas hasta el 30/06/2020.
Tags: horacio rovelliMoratoria
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